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Portugal impuestos corporativos

Portugal redujo su impuesto sobre sociedades al 19% para 2026 (con un tipo del 15% sobre los primeros 50 000 € para pymes), con el objetivo de alcanzar el 17% en 2028. A esto se suman los recargos municipales y estatales, así como una fiscalidad autónoma distintiva sobre automóviles y determinados gastos. El IVA es del 23% en el territorio continental, y la nómina se rige por un impuesto sobre la renta progresivo más cotizaciones sociales fijas. Las normas de factura electrónica, el SAF-T y los códigos QR están plenamente consolidados.

Moneda EUR (€)Ejercicio fiscal Año natural (o ejercicio fiscal elegido)UE estado miembroÚltima revisión 2026-07-12

Formas societarias y registro

Las empresas se pueden constituir el mismo día (Empresa na Hora) o en línea; se registran en el Registro Mercantil y presentan los datos de titularidad real (RCBE).

Principales formas jurídicasLDA (sociedad limitada), SA (sociedad anónima), empresario individual[2][10]La LDA (sociedade por quotas) es la opción predeterminada para la mayoría de las empresas.
Capital social mínimoLDA: 1 € por participación; SA: 50 000 €[10]Una LDA unipersonal requiere 1 €; una LDA pluripersonal, 2 € (una cuota de 1 € por socio).
Pasos para el registro como empleadorRegisto Comercial (constitución) → AT (hacienda y IVA) → Segurança Social (empleador) → RCBE (titulares reales)[10][9]

Otras obligaciones legales

Obligaciones adicionales a la presentación de una declaración de impuestos que toda empresa en activo debe cumplir.

Facturación certificada, ATCUD y código QRLas facturas llevan un código único (ATCUD) y un código QR.[6][2]Se exige un programa de facturación certificado. Los datos de facturación del SAF-T (PT) se presentan mensualmente antes del día 5; las facturas en PDF se aceptan como facturas electrónicas hasta finales de 2026.
Titulares reales (RCBE)Se declaran y confirman anualmente antes del 31 de diciembre[10]Las modificaciones se presentan en un plazo de 30 días; la confirmación anual puede realizarse junto con la IES.
IES (información empresarial simplificada)Presentación anual antes del 15 de julio[8]Una única presentación electrónica que abarca las cuentas, los impuestos y las estadísticas.
Conservación de documentos10 años[2]

Impuesto sobre sociedades (IRC)

Tipo general19% (2026)[1][2]Reducido desde el 20% en 2025 y el 21% en 2024, con el objetivo de alcanzar el 18% (2027) y el 17% (2028). Madeira y Azores aplican tipos regionales más bajos.
Tipo reducido para pymes15% sobre los primeros 50 000 €[1][2]Para pequeñas y medianas empresas; el resto tributa al 19%.
Recargos municipales y estatalesDerrama de hasta el 1,5%; estatal del 3% al 9%[2]Un recargo municipal de hasta el 1,5% del beneficio, más un recargo estatal del 3% (beneficios de 1,5 a 7,5 millones de €), 5% (de 7,5 a 35 millones de €) y 9% (superior a 35 millones de €).
Fiscalidad autónoma8% / 25% / 32% sobre automóviles[2]Los vehículos de empresa tributan por tramos de coste (desde menos de 37 500 € hasta 45 000 € o más); los gastos de representación y no documentados también están sujetos a fiscalidad autónoma.
Declaración y pagos fraccionadosModelo 22 antes del 31 de mayo; tres pagos fraccionados (julio, septiembre, diciembre)[5][2]Los pagos a cuenta vencen el 31 de julio, el 30 de septiembre y el 15 de diciembre.

Retenciones en origen y dividendos

Dividendos, intereses y cánones (no residentes)25%[2]Exención de la directiva matriz-filial de la UE al 0% para participaciones ≥10% mantenidas durante un año; la directiva de intereses y cánones de la UE elimina la retención entre empresas asociadas. Pagos a jurisdicciones de lista negra: 35%.
Dividendos a personas físicas residentes28%[4]Retención liberatoria; el beneficiario puede optar en su lugar por acumularlos a los tipos progresivos sobre la mitad del dividendo.
Dividendos a sociedades residentesExención de participación del 0%[2]Exentos cuando se posee una participación ≥10% durante al menos un año.

IVA (IVA)

Tipos en el territorio continental23% / 13% / 6%[3][6]Azores (16/9/4%) y Madeira (22/12/4%) aplican tipos más bajos. 0% para exportaciones y entregas intracomunitarias.
Exención para pequeñas empresasVolumen de operaciones de hasta 15 000 €[3][6]Por debajo de este umbral, una empresa no repercute IVA ni puede deducir el IVA soportado.
Declaración de IVAMensual (volumen de operaciones > 650 000 €) o trimestral[6]Se presenta antes del día 20 del segundo mes posterior; se paga antes del día 25.

Nómina: impuesto sobre la renta y seguridad social

El impuesto sobre la renta es progresivo en nueve tramos; el empleador lo retiene y paga cotizaciones sociales fijas.

Impuesto sobre la renta (IRS)Del 12,5% al 48%[4][7]Nueve tramos progresivos desde el 12,5% hasta el 48% (2026), más un recargo de solidaridad del 2,5% por encima de 80 000 € y del 5% por encima de 250 000 €.
Seguridad social a cargo del empleador23,75% del importe bruto[9]
Seguridad social a cargo del empleado11% del importe bruto[9]Tipo combinado del 34,75%.
Salario mínimo920 EUR/mes x 14 (2026)[9]
Presentación de informesDeclaración mensual de remuneraciones (DMR) hasta el día 10[9][7]Declara el impuesto sobre la renta retenido y las remuneraciones a la AT y a la seguridad social.

Otros impuestos que afrontan las empresas

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IMI)0,3% - 0,45% urbano; 0,8% rústico[5]Impuesto municipal anual sobre el valor patrimonial tributario (VPT) de los bienes inmuebles.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (IMT)Progresivo, hasta aprox. 7,5% - 8%[5]Sobre el mayor valor entre el precio y el valor tributario; tramos actualizados para 2026.
Impuesto de Timbre (Imposto do Selo)0,8% sobre bienes inmuebles; varios tipos en otros ámbitos[5]Sobre transmisiones de inmuebles, financiación, garantías y donaciones.

Contabilidad y estados financieros

Normas contablesSNC (PGC portugués) o NIIF[2]Las NIIF se utilizan para las cuentas consolidadas de grupos cotizados.
Aprobación de cuentas e IESAprobación antes del 31 de marzo; IES antes del 15 de julio[8][2]
Auditor de cuentas (ROC)Todas las SA; las LDA si se superan 2 de 3[2]Para una LDA: balance de 1,5 millones de EUR, cifra de negocios de 3 millones de EUR, 50 empleados, durante dos ejercicios consecutivos.
SAF-T (contabilidad)Aplicable a partir de 2027 (primera presentación en 2028)[6]El fichero contable SAF-T se ha vuelto a aplazar; el fichero de facturación sigue siendo mensual.

Formularios y presentaciones

Todas las declaraciones e informes periódicos que gestiona una empresa típica, qué los desencadena y a dónde se envían. Las presentaciones en el momento del registro y puntuales se marcan como "por evento".

FormularioQué esQuién lo presentaFrecuenciaPlazoPresentado ante
Modelo 22Declaración del impuesto sobre sociedades[5][2]Sujetos pasivos del IRCanual31 de mayoATPortal das Finanças
PPCPagos a cuenta del IRC[5]Sujetos pasivos del IRCtrimestral31 de julio, 30 de septiembre, 15 de diciembreATPortal das Finanças
IVADeclaración de IVA[6]Personas registradas a efectos de IVAmensualDía 20 del segundo mes siguiente; pago hasta el día 25ATPortal das Finanças
SAF-T billingFichero de facturación SAF-T (PT)[6]Todas las empresasmensualHasta el día 5 del mes siguienteATPortal das Finanças
DMRDeclaración mensual de remuneraciones[9][7]Todos los empleadoresmensualHasta el día 10 del mes siguienteATPortal das Finanças
IESInformación empresarial simplificada[8]Todas las empresasanual15 de julioATPortal das Finanças
RCBERegistro de titular real[10]Todas las empresasanualConfirmación antes del 31 de diciembre; 30 días en caso de modificaciónRegisto ComercialRCBE

Calendario de cumplimiento

Las mismas presentaciones agrupadas por periodicidad: qué se repite y cuándo.

mensual
  • IVADía 20 del segundo mes siguiente; pago hasta el día 25
  • SAF-T billingHasta el día 5 del mes siguiente
  • DMRHasta el día 10 del mes siguiente
trimestral
  • PPC31 de julio, 30 de septiembre, 15 de diciembre
anual
  • Modelo 2231 de mayo
  • IES15 de julio
  • RCBEConfirmación antes del 31 de diciembre; 30 días en caso de modificación

Fuentes

Referencias numeradas citadas a lo largo de este perfil. Las leyes enlazan a textos consolidados en el registro oficial.

  1. Ley 64/2025 (tipos del impuesto sobre sociedades para 2026)Diário da República · ley
  2. Código del Impuesto sobre la Renta de las Personas Colectivas (Código do IRC)Autoridade Tributária · ley
  3. Código del IVA (Código do IVA)Autoridade Tributária · ley
  4. Código del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Código do IRS)Autoridade Tributária · ley
  5. Impuesto sobre sociedades (IRC) - orientaciónAT (Autoridad Fiscal) · autoridad
  6. IVA, SAF-T y facturación electrónicaAT (Autoridad Fiscal) · autoridad
  7. Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRS) - orientaciónAT (Autoridad Fiscal) · autoridad
  8. IES - información empresarial simplificadaAT (Autoridad Fiscal) · autoridad
  9. Cotizaciones a la seguridad socialSeguridad Social · autoridad
  10. Registro de empresas y titulares reales (RCBE)Registo Comercial / IRN · registro

Esta guía ofrece información general y no constituye asesoramiento fiscal ni legal. Los tipos y los plazos cambian; verifique siempre la información con las leyes y fuentes oficiales enlazadas, o consulte a un asesor autorizado antes de actuar.