El IVA de la UE para plataformas digitales: OSS, IOSS y la regla del proveedor presunto explicados
Una explicación clara de los tres mecanismos con los que se encuentra una plataforma en el IVA de la UE, el único caso en el que la plataforma se convierte por sí misma en el vendedor sujeto a pasivo, y cómo se registra cada uno en la contabilidad.
Una plataforma digital que vende a consumidores en varios países de la UE se encuentra con tres mecanismos de IVA. La ventanilla única para el régimen de la Unión (OSS) le permite declarar el IVA de cada país de la UE en una sola declaración trimestral. La ventanilla única de importación (IOSS) hace lo mismo para los bienes importados de fuera de la UE en envíos con un valor de hasta 150 €. La regla del proveedor presunto (deemed-supplier rule) hace que la plataforma sea el propio vendedor a efectos de IVA en determinadas ventas que solo facilita. Los tres mecanismos se introdujeron con el paquete de IVA sobre el comercio electrónico de la UE el 1 de julio de 2021, y los tres modifican lo que la plataforma debe facturar, declarar y registrar.
Este artículo explica cada mecanismo, analiza una venta transfronteriza y muestra cómo se generan la determinación y las declaraciones a partir de la contabilidad.
A quién se aplica esto
Las normas cubren a cualquier empresa que venda, o facilite la venta de, bienes o servicios a consumidores (B2C) en Estados miembros de la UE distintos al suyo:
- Mercados en línea (marketplaces) que aceptan pagos de un comprador en nombre de vendedores terceros.
- Tiendas de aplicaciones (app stores) y plataformas de contenido que distribuyen servicios digitales a consumidores.
- Empresas de SaaS que venden suscripciones a particulares en toda la UE.
- Tiendas de comercio electrónico que envían bienes a consumidores en otros Estados miembros, o importan bienes de fuera de la UE.
Las ventas entre empresas (B2B) siguen normas diferentes (entregas intracomunitarias exentas de IVA en virtud del artículo 138 y la inversión del sujeto pasivo (reverse charge) en virtud del artículo 196), las cuales se tratan en la guía del motor de IVA de la UE. Este artículo se centra en los consumidores.
El paquete de comercio electrónico de 2021 en palabras sencillas
Antes de julio de 2021, cada Estado miembro tenía su propio umbral de ventas a distancia, y un vendedor que lo superaba tenía que registrarse a efectos de IVA en ese país. Las plataformas no asumían ninguna responsabilidad de IVA por los bienes vendidos a través de ellas. Las importaciones inferiores a 22 € estaban exentas de IVA, lo cual era objeto de un uso abusivo generalizado.
El paquete normativo sustituyó esto por cuatro cambios:
- Un umbral único para toda la UE de 10.000 € para ventas B2C transfronterizas de bienes y servicios digitales (artículo 59c de la Directiva del IVA). Por debajo de este, el vendedor cobra el IVA de su país de origen. Por encima, el IVA se debe ingresar en el país del consumidor.
- El régimen OSS de la Unión, de modo que el IVA adeudado en otros Estados miembros se declare en una sola declaración presentada en el país de origen.
- El IOSS y el fin de la exención de importación de 22 €, de modo que el IVA de los pequeños envíos importados se cobre en el punto de venta.
- La regla del proveedor presunto (artículo 14a), que traslada la responsabilidad del IVA de ciertas ventas facilitadas del vendedor a la plataforma.
Lugar de realización de las operaciones (place of supply) y el umbral de 10.000 €
Para las ventas B2C de bienes enviados a otro Estado miembro, y para los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y televisión y electrónicos (TBE) prestados a consumidores, el IVA se debe pagar en el lugar donde se encuentre el consumidor (artículos 33, letra a), y 58). El tipo aplicable es el del país de destino.
El artículo 59c excluye a los pequeños vendedores. Si el total de las ventas B2C transfronterizas de bienes y de los servicios TBE en toda la UE se mantiene por debajo de 10.000 € tanto en el año natural en curso como en el precedente, el vendedor puede seguir aplicando el IVA de su país de origen. El umbral es una cifra única para toda la UE, no por país, y se aplica exclusivamente a un vendedor establecido en un único Estado miembro. Una vez superado, la imposición en destino se aplica a partir de esa venta en adelante, y el vendedor opta por registrarse en cada país de destino o utilizar el OSS.
Los servicios generales prestados a consumidores, como la asesoría o la mayoría de las suscripciones no digitales, siguen gravados en el lugar donde esté establecido el proveedor en virtud del artículo 45 y no se ven afectados.
OSS de la Unión
El régimen de la Unión es una simplificación de carácter formal, no un impuesto diferente. El IVA sigue debiéndose en el país de cada consumidor al tipo impositivo de dicho país. Lo que cambia el OSS es el lugar donde se declara y se paga.
| Característica | OSS de la Unión |
|---|---|
| Quién puede utilizarlo | Vendedores establecidos en la UE para bienes y servicios B2C gravados en otro Estado miembro; vendedores de fuera de la UE para ventas intracomunitarias de bienes a distancia |
| Periodo de declaración | Trimestre natural |
| Dónde se presenta | El Estado miembro de identificación (el país de origen del vendedor) |
| Vencimiento | A más tardar al finalizar el mes posterior al trimestre |
| Contenido | Por Estado miembro de consumo: base imponible y el IVA desglosado por tipo impositivo y categoría, además de las correcciones de periodos anteriores |
| Pago | Un pago único a la autoridad fiscal de origen, que se encarga de distribuirlo |
El diseño de la declaración está establecido en el anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/194 de la Comisión. Una línea por cada país de consumo y por cada tipo impositivo. Las notas de crédito del mismo periodo se compensan; una nota de crédito correspondiente a una venta declarada en un trimestre anterior se consigna como una corrección de dicho trimestre, y no como un importe negativo en el actual, permitiéndose correcciones durante un plazo de tres años (artículo 61 del Reglamento de Ejecución 282/2011).
Un vendedor registrado en el OSS debe utilizarlo para todas las operaciones que entren dentro del ámbito de aplicación del régimen. No puede seleccionar determinados países para el OSS y registrarse localmente en otros.
IOSS
El régimen de importación cubre los bienes expedidos o transportados desde fuera de la UE directamente a un consumidor de la UE en un envío cuyo valor intrínseco no supere los 150 €. El vendedor, o la plataforma que actúe como proveedor presunto, repercute el IVA del país de destino en el momento de la venta y lo declara mensualmente a través del IOSS. A cambio, el envío se despacha en la aduana sin necesidad de exigir el IVA de importación al consumidor.
Los envíos superiores a 150 € quedan fuera del IOSS. En tales supuestos, el IVA a la importación y los aranceles aduaneros se recaudan en la frontera de la forma habitual.
Por regla general, los vendedores de fuera de la UE necesitan un intermediario establecido en la UE para utilizar el IOSS. Una plataforma establecida en la UE que actúe como proveedor presunto se registra de forma directa.
La regla del proveedor presunto
El artículo 14a de la Directiva del IVA establece una ficción jurídica para dos supuestos:
- Una plataforma facilita una venta a distancia de bienes importados desde fuera de la UE en un envío de hasta 150 €, con independencia de quién sea el vendedor.
- Una plataforma facilita una entrega de bienes dentro de la UE efectuada por un vendedor no establecido en la UE a un consumidor, con independencia del valor y de si los bienes cruzan o no una frontera.
En ambos casos, la ley considera que una única venta comprende dos entregas:
- Del vendedor a la plataforma. Una entrega de bienes B2B. Tratándose de bienes que ya se encuentran en la UE, esta entrega está exenta con derecho a deducción en virtud del artículo 136a. Tratándose de importaciones, la operación se realiza fuera de la UE y no conlleva IVA de la UE.
- De la plataforma al consumidor. Una entrega B2C. La plataforma repercute el IVA del país del consumidor, lo declara (a través del IOSS, del OSS de la Unión o mediante un registro local) y lo ingresa.
La plataforma no es propietaria de los bienes ni los manipula físicamente en ningún momento. No obstante, es el sujeto pasivo de la segunda entrega. El concepto de "facilitar" se define en el artículo 5 bis del Reglamento de Ejecución 282/2011: la plataforma establece las condiciones, autoriza el cobro al cliente, o encarga o entrega los bienes. Una plataforma que se limite exclusivamente a procesar pagos, publicar anuncios o redirigir a los clientes a otro sitio web no está facilitando la operación.
La regla no se aplica a los servicios, ni a las ventas interiores o intracomunitarias de bienes realizadas por vendedores establecidos en la UE. En estos casos, la plataforma sigue actuando como un intermediario (agent), y el vendedor continúa siendo el proveedor a efectos de IVA. La cuestión de si la plataforma contabiliza ingresos brutos o netos en sus propios estados financieros es independiente, y se aborda en Principal frente a agente para mercados (Principal vs Agent for Marketplaces).
Lo que aporta ViDA
La Directiva (UE) 2025/516 del Consejo, conocida como el paquete "IVA en la era digital" (ViDA, por sus siglas en inglés), amplía el concepto de proveedor presunto a los servicios. Las plataformas que faciliten el alquiler de alojamientos de corta duración (hasta 30 noches) y el transporte de pasajeros por carretera se convertirán en proveedor presunto cuando el prestador subyacente no repercuta el IVA, como por ejemplo un anfitrión particular o una pequeña empresa exenta. Esta nueva normativa entra en aplicación a partir del 1 de julio de 2028, pudiendo los Estados miembros aplazar su aplicación hasta el 1 de enero de 2030. A partir del 1 de julio de 2030, este mismo paquete normativo sustituirá las declaraciones recapitulativas por un sistema de información digital basado en cada transacción y convertirá la factura electrónica estructurada en el estándar predeterminado para las operaciones B2B intracomunitarias, tema que se trata en La facturación electrónica en la UE: Requisitos país por país (E-Invoicing in the EU: Country-by-Country Requirements).
Obligaciones de registro y DAC7
El artículo 242 bis establece la obligación de que cualquier plataforma que facilite entregas B2C, actúe o no como proveedor presunto, conserve un registro de dichas operaciones durante un periodo de diez años y lo ponga a disposición por vía electrónica a petición de la administración. Por otra parte, la directiva DAC7 (Directiva (UE) 2021/514) obliga a las plataformas a comunicar los ingresos de sus vendedores a las autoridades fiscales de su Estado miembro de residencia cada mes de enero, información que dichas autoridades intercambian entre sí. Ambas obligaciones abarcan datos distintos, los registros de IVA por un lado y los ingresos de los vendedores por el otro, y ambas parten del mismo registro de transacciones. Un libro de contabilidad (ledger) que almacene el tratamiento de IVA y la identidad del vendedor en cada venta satisface ambos fines.
Un ejemplo práctico
Un consumidor en Alemania adquiere un artículo por 100 € (precio sin IVA) a un vendedor establecido en China a través de un mercado en línea (marketplace) establecido en Lituania. El artículo se expide desde un almacén situado en Polonia, por lo que los bienes ya se encuentran dentro de la UE.
| Paso | Operación | Tratamiento de IVA |
|---|---|---|
| 1 | Vendedor chino → Marketplace lituano | Entrega B2B presunta, exenta en virtud del artículo 136a. No se repercute IVA. Al estar el stock en Polonia, el vendedor tiene una entrega en Polonia que declarar, pero sin IVA devengado en la misma. |
| 2 | Marketplace lituano → Consumidor alemán | Venta a distancia B2C presunta. El marketplace repercute el IVA alemán al 19 %: 19,00 €. |
| 3 | Declaración OSS del marketplace | La base imponible de 100 € y el IVA de 19,00 € figuran en la declaración trimestral del OSS de la Unión del marketplace correspondientes a Alemania, presentada ante la autoridad tributaria lituana (VMI). |
| 4 | Comisión del marketplace | La comisión cobrada por el marketplace al vendedor chino constituye un servicio B2B prestado a una empresa de fuera de la UE, no sujeto al IVA de la UE en virtud del artículo 44. |
Si, por el contrario, el mismo artículo se hubiera expedido desde China en un único envío, el paso 1 sería una operación realizada fuera de la UE, el paso 2 constituiría una venta IOSS, y los 19,00 € se declararían mensualmente a través del IOSS. Si el vendedor hubiera estado establecido en Alemania, la regla del proveedor presunto no se aplicaría en absoluto; el vendedor alemán repercutiría su propio IVA, y el marketplace facturaría únicamente su comisión.
El consumidor abona 119 € en todos los casos. Lo que varía es quién adeuda los 19 € a qué administración y en qué declaración.
Cómo resuelve e informa Nordlet de esta situación
Nordlet procesa la decisión relativa al IVA como un dato inherente a la transacción en lugar de un cálculo aislado que se realiza en el momento de la facturación y posteriormente se descarta.
Determinación (Resolution). La ruta POST /v1/reference/vat/resolve toma el código de país del socio o cliente, el tipo de operación (supplyType: goods, services o digital), la fecha y los indicadores de situación: belowDistanceSalesThreshold, facilitatedByMarketplace (si se vende a través de una plataforma que actúa como proveedor presunto), actingAsMarketplace (si la empresa actúa como plataforma), sellerEstablishedInEu y importedConsignmentValueEur. Como respuesta, devuelve el régimen aplicable (scheme), el código de país del IVA (vatCountryCode), los indicadores de inversión del sujeto pasivo (reverseCharge), proveedor presunto (deemedSupplier) y exención plena (zeroRated), el cuadro de tipos aplicables del país de destino, el artículo de la Directiva del IVA en el que se fundamenta la decisión y las notas correspondientes. El marketplace del ejemplo anterior obtiene oss_union con vatCountryCode: "DE" y deemedSupplier: true; el lado del vendedor recibe marketplace_deemed, con la exención del artículo 136a. Si se omite el indicador del umbral, el motor lee directamente del libro mayor los acumulados anuales de los 10.000 €.
Documentos. Las facturas de venta incorporan los campos vatScheme, vatCountryCode y deemedSupplier. Los pedidos de comercio electrónico incluyen shipToCountryCode y marketplace, y la función orders/fulfill determina el tratamiento fiscal a partir del país de entrega y sella la factura provisional. El PDF incluye la mención legal exigida por el régimen correspondiente.
Declaraciones (Returns). La llamada a POST /v1/declarations/eu/oss/compute con los parámetros { year, quarter } genera la declaración de la Unión conforme a la estructura del anexo III: filas desglosadas por Estado miembro de consumo, tipo impositivo y categoría, aplicando la compensación de notas de crédito e incluyendo una matriz de correcciones (corrections) para aquellas notas de crédito asociadas a una factura de un trimestre anterior. POST /v1/declarations/eu/ioss/compute con { year, month } realiza el mismo proceso para las ventas IOSS. Ambas funciones emiten advertencias sobre tipos no reglamentarios, documentos sin país de consumo y notas de crédito sin asociar.
Umbral. La ruta POST /v1/declarations/eu/distance-sales-threshold/get informa sobre los volúmenes totales de ventas B2C transfronterizas del año en curso y del precedente, si la empresa continúa por debajo de los 10.000 € y el margen disponible restante.
La contabilidad en el lado del vendedor para una plataforma, incluyendo lo que adeuda a cada vendedor entre el momento del pago y la liquidación, se aborda en Subcontabilidades de vendedores en marketplaces: Ingresos frente a cuentas por pagar (Marketplace Seller Subledgers: Revenue vs Payables). Los tipos impositivos por país y sus modificaciones se pueden consultar mediante reference/eu-vat-rates/list, y la tabla completa de regímenes se encuentra en la guía del motor de IVA de la UE.
FAQ
¿Tiene una plataforma la obligación de utilizar el OSS?
No. El régimen OSS es de carácter voluntario. Una plataforma que actúe como proveedor presunto puede optar por registrarse a efectos de IVA en cada Estado miembro de consumo y presentar declaraciones locales en ellos. En la práctica, el OSS resulta más sencillo para cualquier vendedor con clientes en más de dos o tres países y, una vez que el vendedor opta por este régimen, debe aplicarlo obligatoriamente a todas las operaciones comprendidas en el mismo.
¿Se aplica la regla del proveedor presunto a los servicios vendidos a través de una plataforma?
Con la normativa actual, no. El artículo 14a se limita exclusivamente a los bienes. Una presunción independiente recogida en el artículo 9 bis del Reglamento de Ejecución 282/2011 considera que una plataforma es el proveedor de los servicios prestados por vía electrónica a menos que identifique de forma clara al prestador subyacente tanto en la factura como en el contrato. El paquete ViDA incluirá el alojamiento de corta duración y el transporte de pasajeros a partir de 2028.
¿Qué operaciones computan para el umbral de los 10.000 €?
Las ventas B2C transfronterizas de bienes y los servicios TBE a consumidores en otros Estados miembros, sumadas en el conjunto de la UE y netas de IVA. Las ventas interiores, las operaciones B2B y los servicios generales no computan. El umbral se verifica en función tanto del año natural en curso como del precedente, y se encuentra disponible únicamente para un vendedor establecido en un único Estado miembro.
¿Qué sucede con un envío cuyo valor sea superior a 150 €?
Queda excluido del ámbito de aplicación del IOSS. El IVA a la importación y los aranceles aduaneros, cuando procedan, se recaudan en la aduana. La regla del proveedor presunto para importaciones también tiene un límite de 150 €. Tratándose de bienes que ya se encuentran dentro de la UE, la regla del proveedor presunto no está sujeta a ningún límite de valor.
¿Se puede incluir una nota de crédito del trimestre pasado en la declaración OSS del trimestre actual?
No como una línea con importe negativo. La estructura del anexo III exige que se declare como una corrección del periodo original, identificada por país, año y trimestre. Nordlet traslada de forma automática al vector de correcciones (corrections) toda nota de crédito que haga referencia a una factura de un periodo anterior y marca aquellas notas de crédito que no tengan referencia para que puedan asociarse correctamente.
Lecturas adicionales
- Guía del motor de IVA de la UE
- Principal frente a agente para mercados: ¿Ingresos brutos o netos? (Principal vs Agent for Marketplaces: Gross or Net?)
- Subcontabilidades de vendedores en marketplaces: Ingresos frente a cuentas por pagar (Marketplace Seller Subledgers: Revenue vs Payables)
- Automatización del cumplimiento del IVA de la UE con una API de contabilidad en la nube (Automating EU VAT Compliance With a Cloud Accounting API)